La administración provincial de Hispania a principios del s. V d. e.
Una vez que presentados los protagonistas en la anterior publicación, voy a hablar del lugar de los hechos, la península Ibérica. En la presente publicación mostraré la organización administrativa de Hispania en el siglo V, con la esperanza de dejar atrás muchos lugares comunes y tópicos fasos sobre el presunto caos que vivía el Imperio en el siglo V. La pars Occidentis encaraba el nuevo siglo en plenas facultades administrativas y económicas y en su momento dedicaré algún texto a demostrarlo.
La península Ibérica estaba organizada administrativamente en una diocesis, es decir, un conjunto de provincias bajo el mando de un gobernador, encuadrada a su vez junto a otras diócesis en una praefectura. La diócesis recibió el nombre de diócesis Hispaniarum, es decir, diócesis de las Hispanias, porque los romanos siempre consideraron que había varias Hispanias. Es en plural como aparece en todas las entradas que el Código Teodosiano, esa especie de “BOE” tardorromano, si se me permite la licencia, dedica a Hispania. Si tenéis curiosidad, podéis consultar el Código entero, en la edición de Theodor Mommsen, aquí: https://droitromain.univ-grenoble-alpes.fr/Constitutiones/CTh01_mommsen.htm.
El autor de esta división fue el emperador Diocleciano. En efecto, hasta su reorganización administrativa Hispania estaba dividida en tres provincias: Cartaginense, Bética y Tarraconense. Cuando se hizo con el poder en el año 284, decidió reorganizar el sistema provincial romano, pasando el Imperio de tener 48 provincias a tener 104. Las razones aducidas han sido varias: mejora a la hora de recaudar impuestos, mayor facilidad para impartir justicia, intento de que los gobernadores fueran más eficaces o, lo más probable, todas ellas. Lo cierto es que Hispania pasó a tener seis provincias: Carthaginensis (Carthago Nova ejercía como capital), Lusitania (con capital en Emerita Augusta), Baetica (capital, Corduba), Tarraconensis (siendo Tarraco su capital), Gallaecia (Braccara Augusta ostentaba la capitalidad) y una extra pensinsular, Mauretania Tingitana (con Tingis como capital), añadiéndose posteriormente la provincia Ballearica (Palma), todas ellas administradas desde la capital, Emerita Augusta.
Estatua de Diocleciano y el resto de los tetrarcas, Plaza de San Marcos, Venecia (foto del autor) |
Es difícil concretar la cronología de estos cambios provinciales. A partir de la denominada Lista_de_Verona (Laterculus Veronensis), que, siguiendo la datación de T. D. Barnes, fechada en el periodo entre 303 y 314 para la parte occidental, se puede deducir que la creación de la diócesis Hispaniarum se produjo en la parte final del gobierno de la primera Tetrarquía. Es posible afinar algo más a partir de la información proporcionada por otra fuente, la Pasión de Marcelo (Passio Marcelli), que, en su narración del martirio de un centurión llamado Marcelo, menciona la figura del vicario Aurelio Agricolano, indicio claro de que ya estaba conformada la diócesis, y del gobernador de Galecia Atasio Fortunato. Este hecho se habría producido a finales del año 298 (lo podemos saber porque las actas van datadas con el año consular correspondiente), lo que permitiría proponer que la diócesis fue creada alrededor de esta fecha, aunque la prosopografía nos da a entender que la división provincial fue un proceso gradual (la provincia Baleárica, por ejemplo, sería creada entre 369-370 y finales de siglo, según nuestras fuentes geográficas de las que disponemos). Su inclusión en la Prefectura de las Galias sería posterior a 305, pero anterior a 336, aquí es más difícil precisar, ya en época de Constantino.
Mapa de la docesis Hispaniarum (Arbaborix para Wikimedia Commons) |
Obviamente, la reorganización territorial conllevó una nueva administración provincial, en principio más eficiente. La diocesis Hispaniarum estaba incluida, junto a la diocesis Galliarum, la diócesis Viennensis y a la diocesis Brittaniarum, en la Prefectura del Pretorio de las Galias, a cuya cabeza se encontraba el prefecto del pretorio (que nada tiene que ver con el antiguo cargo del mismo nombre). Este, a su vez, delegaba su poder en cada diócesis en el agente vices praefectarum, más conocido como uicarius, vicario, que es como lo llamaremos. Lo más innovador del nuevo cargo de gobernador era que solo tenía atribuciones civiles, desligándose las militares, sobre lo que hablaremos en otra publicación. La principal misión del vicario era la de la recaudación y transporte de los impuestos, tal como lo señala el Código Teodosiano (Cod. Theod.1.15.1). La Notitia Dignitatum (21.16) nos dice que su officium o gabinete podía alcanzar hasta los 300 componentes, incluyendo secretario personal (princeps), funcionarios financieros (numerarii), y judiciales (cornicolarium, commentariensis), etc. La edición de la Notitia Dignitatum de Otto Seeck, que es aún la canónica, se puede leer aquí: books.google.es/books.
Personal del officium del vicario según la Notitia Dignitatum (extraído de la edición de Otto Seck disponible en books.google.es/books.) |
Sabemos, gracias al Código Teodosiano, que el gobernador de la diócesis en septiembre del año 401 era Vigilio (CTh 1,15, 16), que había sustituido a Macrobio, gobernador el año anterior (CTh 16,10, 1).
Pero eran los gobernadores provinciales el verdadero motor de la administración imperial. Ellos recaudaban los impuestos, administraban la justicia y se encargaban del mantenimiento de las infraestructuras, sobre todo del cursus publicum. Solían tener a su mando a unos 50 funcionarios. Los gobernadores consulares recibían la distinción de clarissimi (uir clarissimus era el título habitual para los senadores), mientras los presidiales eran perfectissimi (título que se otorgaba a los miembros del orden ecuestre). Como indica J. Arce, al principio todas las provincias hispanas serían presidiales, pero tanto Lusitania (entre 338 y 360), como Bética (353-360) y Galecia (en fecha imprecisa) alcanzarían el rango de consulares.
Existían además otros cargos relacionados con la administración financiera. Destacan el rationalis summarum, delegado del comes sacrarum largitionum, encargado de la administración de fábricas, armas, minas, etc. y de la recaudación de algunos impuestos, y también es muy relevante el rationalis rei priuatae per Hispanias, cuya labor era administrar el amplio patrimonio imperial en la diócesis.
El lugar de la diócesis de las Hispanias en la Prefectura del Pretorio de las Galias (Paulusburg para Wikimedia Commons) |
Pero, ¿se mantuvo esta estructura administrativa, al completo o en parte, en el siglo V, tras la invasión de 409? Esa pregunta la contestaremos en una próxima publicación.
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